Así figura en el auto al que ha tenido acceso Efeagro en el que también se desestiman las medidas cautelares solicitadas por CCOO, ya que la Audiencia considera que no es competente en esta materia, sin perjuicio de que estas medidas se soliciten al Tribunal Supremo.
Este auto se produce después de que el sindicato solicitara a la AN una aclaración sobre la sentencia después de la interpretación que de la misma hacía el embotellador de Coca-Cola (CCIP), ya que CCOO consideraba que no se cumplía.
Acatar la sentencia
En este sentido, la Federación Agroalimentaria de CCOO considera que con la desestimación del recurso, el CCIP debe «cumplir y acatar el auto de ejecución provisional del 20 de noviembre de 2014, readmitiendo a todos los que solicitaron la ejecución pero en los términos del fallo o mantenerles de alta pagándoles los salarios de tramitación hasta que se pronuncie el Tribunal Supremo».
El pasado noviembre, la Audiencia Nacional admitía la solicitud de ejecución provisional de la sentencia que anulaba el ERE de la embotelladora de Coca-Cola, lo que suponía que la compañía tendría que decidir si los reincorporaba en sus puestos o les daba de alta y les paga aunque estén en sus casas, hasta que hubiera sentencia firme.
Según la sentencia, las siete embotelladoras que conforman el embotellador único de Coca-Cola podrían decidir si van a exigir o no la prestación de servicios laborales de sus respectivos trabajadores a los que afecta esta ejecución provisional, que ascienden a 351 procedentes de diferentes centros. EFEAGRO